En los últimos años, las tecnologías digitales han transformado la economía y la sociedad, afectando a todos los sectores de actividad y a la vida cotidiana. Los datos son la base de esta transformación y aportan numerosos beneficios a la sociedad, por ejemplo, gracias a la mejora de la medicina personalizada o a la nueva movilidad y su contribución al Pacto Verde Europeo, entre otros. En este sentido, en noviembre de 2020 la Comisión Europea (EC) publicó la propuesta de Reglamento sobre la gobernanza de datos para su aprobación por parte del Parlamento Europeo y Consejo y en mayo de 2022 se aprobó el documento definitivo. Este Reglamento establece mecanismos sólidos para promover la disponibilidad de los datos y crear un entorno fiable que facilite su uso para la investigación y la creación de nuevos servicios y productos innovadores.
Reglamento sobre la gobernanza de datos
Resumen ejecutivo
En mayo de 2022, el Parlamento Europeo y el Consejo han adoptado el Reglamento relativo a la gobernanza europea de datos, con el objetivo de facilitar la reutilización de determinadas categorías de datos protegidos del sector público, aumentar la confianza en los servicios de intermediación de datos y fomentar el altruismo de datos. Con esta nueva normativa no se modifican o suprimen los derechos sustanciales existentes en la EU de acceso y utilización de los datos, sino que pretende ser un complemento para la Directiva relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público.
Contenido principal
Esta Nota Técnica resume los principales aspectos del Reglamento:
- Reutilización de las categorías de datos protegidos en manos de organismos del sector público. Se aplica a los datos en poder de los organismos del sector público que están protegidos por motivos de: i) confidencialidad comercial; ii) confidencialidad estadística; iii) protección de los derechos de propiedad intelectual de terceros; y iv) protección de los datos personales excluidos del ámbito de aplicación de la Directiva sobre datos abiertos.
- Prohibición de acuerdos de exclusividad. Únicamente se podrá conceder un derecho de exclusividad de reutilización de los datos en la medida en que sea necesario para la prestación de un servicio o producto de interés general y por un tiempo máximo de 12 meses.
- Condiciones de reutilización. Obligación de confidencialidad, con los derechos de propiedad intelectual y con obligaciones específicas en caso de transmisión de datos a un tercer país.
- Punto único de información. Los Estados miembros crearán un organismo nuevo o designarán un organismo existente como punto único de información. Aquí se enviarán las solicitudes de información para la reutilización.
- Procedimiento de solicitud de reutilización. Se establece un plazo de dos meses a partir de la fecha de recepción de la solicitud, para adoptar las decisiones sobre reutilización de los datos.
- Requisitos aplicables a los servicios de intercambio de datos.
- Condiciones sobre la prestación de servicios de intermediación de datos. Todo proveedor de servicios de intercambio de datos deberá cumplir una serie de condiciones para poder prestar estos servicios.
- Autoridades competentes. Cada Estado miembro designará en su territorio una o más autoridades competentes que controlarán y supervisarán el cumplimiento de las condiciones.
- Comité Europeo de Innovación de Datos. La EC establecerá un Comité Europeo de Innovación de Datos formada por un grupo de expertos, que facilitará la cooperación entre las autoridades nacionales competentes.
- Cesión altruista de datos. Cada autoridad competente designada mantendrá un registro de las organizaciones de gestión de datos con fines altruistas que hayan quedado reconocidas como tal y supervisarán el cumplimiento de los requisitos que deben cumplir estas organizaciones.
Próximos pasos
- El presente Reglamento ha entrado en vigor el 23 de junio de 2022 y es aplicable en septiembre de 2023.
- Las organizaciones que ya presten los servicios de intermediación de datos deberán cumplir las obligaciones establecidas en el Reglamento a más tardar en septiembre de 2025.
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