Paquetes legislativos Omnibus I y II
Comisión Europea (CE)El paquete legislativo Omnibus de la Comisión Europea (CE) tiene por objetivo reducir las cargas regulatorias en materia de sostenibilidad, al tiempo que mantiene los compromisos climáticos y los objetivos de competitividad de la Unión Europea (UE). Para ello, propone simplificar los informes de sostenibilidad, agilizar la diligencia debida, simplificar la regulación sobre la frontera de carbono y optimizar los programas de inversión.
Paquetes legislativos Omnibus I y II
Resumen ejecutivo
El paquete legislativo Omnibus de la CE incluye propuestas de modificación de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD), la Directiva de diligencia debida corporativa en sostenibilidad (CSDDD), los Reglamentos delegados de la taxonomía sobre clima y medio ambiente, el Reglamento sobre el mecanismo de ajuste en la frontera por carbono (CBAM) y el Reglamento InvestEu.
Contenido principal
A continuación, se incluyen las principales modificaciones previstas por cada una de las normas afectadas:
- CSRD. Como primera medida, se propone retrasar en dos años la primera fecha de aplicación para las entidades de la segunda y tercera ola, hasta 2027 y 2028 respectivamente. Por otro lado, se proponen varios cambios que limitan el volumen de empresas afectadas a aquellas con más de 1.000 empleados (reducción estimada de un 80%, a 7.000 empresas), se simplifican los requisitos de informes con la limitación de las obligaciones de divulgación sobre la cadena de valor, la eliminación de las normas específicas por sector y la desaparición de la necesidad de realizar un aseguramiento razonable.
- CSDDD. De forma similar a CSRD, se retrasa el plazo para la transposición por parte de los Estados miembros y la adopción de las primeras empresas en un año (julio de 2027 y de 2028 respectivamente). Además, se simplifican los requerimientos de diligencia debida con medidas como la limitación de las obligaciones a los socios comerciales directos. Además, las sanciones pecuniarias ya no dependerán necesariamente del volumen de negocios neto mundial de las empresas.
- Taxonomía de la UE. Se limitan las obligaciones de información a grandes empresas con más de 1.000 empleados y volumen de negocios superior a los 450 millones de euros, permitiendo que las más pequeñas reporten voluntariamente. Se facilita la transición ambiental con la opción de reportar actividades parcialmente alineadas y se simplifican los criterios de "No causar daño significativo" (DNSH). Los bancos podrán excluir del cálculo del Ratio de Activos Verdes (GAR) a empresas fuera de la CSRD.
- CBAM. Los importadores con menos de 50 toneladas anuales importadas quedarán exentos (reducción estimada en un 90% de las empresas sujetas). Se simplifican los trámites de autorización y cálculo de emisiones, y se refuerzan medidas contra la elusión y abuso del sistema, garantizando que el CBAM refleje con precisión el contenido de carbono de los bienes importados.
- InvestEU. Se aumenta la capacidad de los programas de ayudas de InvestEU mediante el uso de los rendimientos de las inversiones anteriores, se agiliza el acceso a la financiación, se reducen las cargas administrativas y se mejora el apoyo a las pymes, desbloqueando 50.000 millones de euros para la innovación, la sostenibilidad y el crecimiento económico.
La CE urge al Parlamento y al Consejo a acelerar el proceso de adopción de estas medidas, con especial foco en el retraso en las fechas para la adopción de CSRD y CSDDD.
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