EMIR 3.0
Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)El marco regulador del Reglamento de Infraestructura del Mercado Europeo (EMIR) ha evolucionado significativamente desde su creación en 2012. El Consejo de la Unión Europea (UE) ha adoptado las nuevas normas sobre la revisión del Reglamento y la Directiva de EMIR 3. El objetivo de esta revisión es fortalecer los servicios de compensación en la UE para hacerlos más atractivos y resilientes, exigiendo cuentas activas en cámaras de compensación centralizadas (CCP) de la UE y mejorando la supervisión y estabilidad financiera.
EMIR 3.0
Resumen ejecutivo
El Consejo de la UE ha aprobado las nuevas normas sobre la revisión del Reglamento y la Directiva EMIR 3. El marco regulatorio EMIR 3.0 introduce importantes actualizaciones destinadas a reforzar la seguridad, transparencia y eficiencia de las prácticas de compensación de la UE. Entre las principales áreas de reforma figuran la compensación centralizada, la reducción del riesgo post-negociación (PTRR), la validación de los modelos de margen inicial (MI), el tratamiento de las operaciones intragrupo, la transparencia de costes y las sanciones en materia de información. Estos cambios tienen por objeto mejorar la preparación operativa, aumentar la estabilidad del mercado y garantizar el cumplimiento, reduciendo al mismo tiempo los riesgos sistémicos.
El Reglamento revisado es aplicable con carácter general desde el 24 de diciembre de 2024. En cuanto a la revisión de la Directiva, los Estados Miembros deben transponerla antes del 25 de junio de 2026.
Contenido principal
Los principales cambios en el marco regulatorio EMIR se enfocan en las siguientes áreas:
- Compensación centralizada. EMIR 3.0 exige que las contrapartes financieras mantengan cuentas de compensación resilientes en las CCPs autorizadas por la UE para los swaps de tipos de interés extrabursátiles (OTC) y los derivados de tipos de interés a corto plazo. Los requisitos básicos incluyen la preparación operativa, la actividad de compensación representativa y la notificación semestral de exposiciones y actividades a las autoridades nacionales competentes (NCAs), garantizando la transparencia y el cumplimiento.
- Tratamiento de la PTRR. Los servicios de PTRR pretenden reforzar la estabilidad del mercado mitigando los riesgos de contraparte y operativos. EMIR 3.0 establece criterios de exención, define las características de los ejercicios admisibles y encomienda a la ESMA la creación de normas que garanticen la transparencia, neutralidad y supervisión efectiva de las actividades de PTRR.
- Validación de los modelos de MI. El Reglamento introduce normas más estrictas para los modelos de MI, exigiendo marcos de gobernanza claros, supervisión periódica y documentación detallada de las hipótesis, incluidos los factores no lineales. Estas disposiciones mejoran la supervisión regulatoria, garantizando una gestión del riesgo coherente y eficaz en la aplicación de los modelos de margen inicial.
- Tratamiento de las operaciones intragrupo. EMIR 3.0 revisa el tratamiento de las operaciones intragrupo, que anteriormente estaban exentas de las obligaciones de liquidación y de los requisitos de margen. Con arreglo al nuevo marco, las operaciones en las que intervienen contrapartes situadas en terceros países de alto riesgo ya no pueden acogerse a estas exenciones.
- Transparencia de costes. El Reglamento obliga a los prestadores de servicios de compensación a mejorar la transparencia informando a los clientes sobre todas las comisiones asociadas a los servicios de compensación. También exige la divulgación de la opción de compensar los contratos a través de una contraparte central de la Unión, fomentando el conocimiento de los costes y la equidad.
- Sanciones en materia de información. Se faculta a las autoridades competentes para imponer sanciones administrativas o multas periódicas a las entidades que presenten sistemáticamente informes con errores manifiestos.
Accede a la nota técnica de EMIR 3.0 (solo disponible en inglés).